Como ya informamos en nuestra circular anterior, la campaña de la Declaración de la Renta del ejercicio físico 2020 comenzó, a pesar de la pandemia y de todas sus consecuencias, el pasado 7 de abril y finaliza el 30 de junio, ¡quedan menos de dos semanas! ,. Cada contribuyente tiene sus propias circunstancias, y como es posible que las tuyas hayan cambiado, es bueno saber acerca de ellas.
Por ejemplo, habrás oído que los ciudadanos que no lleguen a un límite de ingresos, no tienen la obligación de presentar la declaración de renta.
Este límite se encuentra en 22.000 EUR, por rendimientos de trabajo de un solo pagador.
Están obligados a presentar la declaración los ciudadanos que hayan recibido más de 22.000 euros anuales en concepto de rendimiento de trabajo procedentes de un único pagador, o, si hay más de un pagador, que haya recibido menos de 1.500 euros anuales por parte del segundo y los sucesivos pagadores.
IMPORTANTE: La prestación percibida por SEPE, independientemente de la modalidad de ERTE, tiene la consideración de rendimientos del trabajo. La situación es la misma cuando se trata de pensiones contributivas procedentes de la Seguridad Social.
ATENCIÓN: cuando el contribuyente consta de dos o más pagadores y la cantidad percibida del segundo y sucesivos supera los 1.500 euros anuales, el límite para presentar la declaración desciende hasta los 14.000 euros.
Así pues, no hay que confiarse que no se superan los 22.000 euros, y comprobar que este límite no se reduce a 14.000 euros, o tendremos un problema con la Agencia Tributaria.
Y ahora viene la guinda … las retenciones
Durante el año 2020, si no hubiera habido pandemia, las empresas hubieran retenido en sus salarios a sus trabajadores una cantidad en concepto de IRPF, es decir, que el trabajador ya no recibe una parte del sueldo correspondiente al IRPF a pagar. Sin embargo, desgraciadamente, debido a la pandemia han aparecido nuevos pagadores, como el SEPE, con la diferencia de que el SEPE no retiene por defecto ninguna cantidad. La consecuencia es que el trabajador le saldrá en este caso a pagar en su declaración.
Así pues se ha juntado el hambre con las ganas de comer, puesto que por la pandemia aparece un muchos casos un nuevo pagador, como el SEPE, afectando umbrales de declaración de renta y además sin retener.
Con este panorama, desde Blancafort recomendamos fervientemente que se asesore con un especialista en fiscalidad como nosotros, para que le asesore sobre su situación específica y le ayude en su declaración de renta.
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