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Nuevas Ayudas de la Generalidad de Cataluña para Personas Empresarias o Profesionales y Empresas

Circular informativa departamento FISCAL

Apreciado Cliente,

Se ha aprobado una nueva línea de ayudas de la Generalitat para las empresas. Los requisitos para acceder cuales son: 

El formulario de inscripción previa se puede presentar desde el día 21/06/21 hasta el 30/06/21 a las 15.00 horas. El orden de presentación no da prioridad.

Hay que presentar el formulario de inscripción cumplimentado los datos requeridos. Este formulario produce los efectos de solicitud de la ayuda y no será necesario realizar ningún otro trámite para solicitarlo.

Pueden hacer la inscripción previa las personas empresarias o profesionales y empresas:

  1. Que realicen alguna de las actividades económicas incluidas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) que se encuentran en el listado de la orden por la que se abre el trámite de inscripción previa
  2. que hayan realizado y declarado, o bien que se haya comprobado por parte de la Administración, esta actividad durante el 2019 y el 2020,
  3. que la sigan ejerciendo en la actualidad, y
  4. que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
    • Que apliquen el régimen de estimación objetiva (módulos) en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
    • Que el volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido u otro tributo indirecto equivalente en el 2020, haya experimentado un descenso de más de un 30% respecto al 2019. Se entienden incluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles.
    • Que sean grupos consolidados que tributen en el Impuesto sobre Sociedades en el régimen de tributación consolidada y acrediten un descenso de la actividad del grupo de más del 30% en el 2020 respecto al 2019.

Habrá, por tanto, acreditar una rebaja de facturación de un mínimo del 30% respecto el 2019 y 2020 y haber generado unas deudas devengados por contratos suscritos entre el 1/03/20 y el 05/31/21. 

La ayuda concedida no será, en ningún caso, más grande que la deuda acreditado. Si tributa por módulos se pueden recibir hasta 3000 euros. El resto de empresas y profesionales podrán recibir entre 4.000 y 200.000 euros.  

Como sabéis, Blancafort continúa trabajando para informar a sus clientes.

Para cualquier duda, contáctenos por email a comercial@gblancafort.com en horario comercial, por WhatsApp o por teléfono.

Ya falta menos.

El Departamento Fiscal

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