Categories: Laboral

Nueva regulación de exoneración de cuotas de la Seguridad Social

El Gobierno de España, mediante el Real-Decreto-Ley 35/2020, de 22 de diciembre ha aprobado unas nuevas medidas urgentes de apoyo a las actividades del sector turístico, hostelero y comercial por medio de unas exoneraciones de cuotas de la Seguridad Social. En concreto:

Actividades

Actividades clasificadas en los CNAE-09 siguientes:

  • 4634 Comercio mayorista de bebidas
  • 5610 Restaurantes y servicios de comida
  • 5630 Establecimientos de bebidas
  • 9104 Actividades de jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales
  • 9200 Juegos de azar y de apuestas

Requisitos

Las empresas deben estar afectadas por expedientes de regulación temporal (ERTE) de fuerza mayor, que estén vigentes, hayan sido tramitados de acuerdo con el art.22 del RDL 8/2020, de 17 de marzo y prorrogados automáticamente hasta el 31 de enero de 2021. Las actividades indicadas quedan exoneradas de cotización para los trabajadores afectados por el expediente, y que reinicien su actividad a partir del 1 de diciembre, o que la hayan reiniciado a partir del RDL 18/2020, de 12 de mayo, por los períodos y porcentajes trabajados de este mes y respecto de los que estén suspendidos en diciembre de 2020 o en enero de 2021 por los períodos y porcentajes de jornada afectados por la suspensión. 

Porcentajes de exoneración:

Se aplicará sobre la aportación empresarial a la Seguridad Social cotizadas en los meses diciembre de 2020 y enero de 2021 y consistirá, en el 85%, para empresas con menos de 50 trabajadores, o el 75% si la empresa tiene 50 o más a 29 de febrero de 2020. 

Incompatibilidades

Con las previstas en el art.2 del RDL 30/2020 de 29 de septiembre.

Personas trabajadoras fijas discontinuas

Las empresas que generen actividad productiva entre abril y octubre de 2021 y que inicuo o mantengan en alta durante estos meses personas trabajadoras fijas discontinuas, podrán aplicar bonificaciones durante estos meses del 50% de las cuotas empresariales a la seguridad social por estas personas. Esta bonificación, en el futuro, será compatible con otras que se puedan disfrutar, sin que las exenciones y bonificaciones puedan superar el 100%.

Devolución de cuotas por variaciones o errores comunicados fuera de plazo

Se modifica la Ley General de Seguridad Social, por lo que cuando corresponda devolución de cuotas a las empresas o trabajadores por variación o corrección de datos aportados (por error), sólo se tendrá derecho al retorno de los ingresos indebidos de los tres meses anteriores a la comunicación.

Seguiremos informando de las novedades conforme evolucione la situación.

Para cualquier duda, contáctenos por email o, en horario comercial, por WhatsApp o por teléfono.

El Departamento Laboral

 

Usuariogblancafort

Share
Published by
Usuariogblancafort

Recent Posts

Me voy de vacaciones… ¿y si pasa algo en mi piso?

Llega junio y todo empieza a girar en la misma dirección: cerrar cosas pendientes, dejar el trabajo medio atado, pensar…

5 días ago

Me deben dinero… ¿y ahora qué puedo hacer sin ir a juicio?

Hay pocas cosas que generen tanta frustración como esta: Has hecho el trabajo. Has cumplido. Has entregado todo. Y el…

4 semanas ago

¿Listo para tu declaración de la Renta 2025? Evita errores y sorpresas

¡Ya estamos en plena campaña de la Renta 2025!  Si eres autónomo, empresa o particular en Cataluña, probablemente estés pensando:…

3 meses ago

¿Tu empresa está preparada para la nueva Directiva europea de sostenibilidad (CS3D)?

Te hacemos una pregunta directa: ¿Estás seguro de que sabes todo lo que pasa en tu cadena de proveedores? No…

3 meses ago

¿Tienes pisos en alquiler? Esto es lo que debes revisar antes de 2026

Medidas contra el fraude y control de precios: lo que toda empresa o propietario debería tener en cuenta. Si tienes…

4 meses ago

Novedades fiscales 2026: lo que tu empresa no puede pasar por alto

Arranca 2026 y con él llegan cambios importantes en materia fiscal que afectarán tanto a autónomos como a empresas. No…

5 meses ago