Bonificaciones a percibir por una pyme al contratar a personal
La contratación de un empleado es uno de los mayores gastos para las pymes y tienen que ajustar sus números. No solamente es el salario neto el que tenemos que desembolsar, sino que cabe añadir los costes que supone las cuotas de seguridad social que la empresa tiene que pagar al Estado. Pongamos un ejemplo: imaginemos que una pyme tiene contratado un trabajador donde su sueldo neto son 1500€. La empresa no solamente tendría que hacerse cargo de 1500€ acordados, sino que también tendría que hacerse cargo de la contribución a pensiones, prestación por desempleo, FOGASA…
Por ello es fundamental conocer bien las bonificaciones de las que se puede beneficiar una pyme. Para poder beneficiarse de éstas bonificaciones la empresa debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias, como son presentación de impuestos (IVA, IRPF, IS, etc.), además de no haber cometido ninguna infraccióny que el trabajador que a contratar esté inscrito en el SEPE.
Algunas de las bonificaciones a percibir por una pyme al contratar a personal
1. Contratación a tiempo indefinido: es independientemente de la edad, sexo, situación del trabajador. Al contratar a un trabajador de forma indefinida la empresa se puede bonificar durante 3 años 500 euros de la cuota devengada a la seguridad social. Como requisito se pide que la empresa tenga como mínimo 10 trabajadores y no haya despedido a ninguno durante los últimos 6 meses.
2. Contratación a menores de 30 años: las empresas con menos de 50 trabajadores podrán beneficiarse de bonificaciones por este concepto. El primer año la éstas serán de 83,33 mensuales, el segundo de 91€ al mes y el tercer año de 100€ cada mes.
3. Contratación a mayores de 45 años: Las empresas con menos de 50 trabajadores podrán beneficiarse de éstas bonificaciones. Las bonificaciones serán de 108,33€ al mes, lo que supone un ahorro anual de 1300€.
4. Contratación de mujeres mayores de 45 años en ocupaciones donde el colectivo este menos representado: En Canarias se recibirá una bonificación del 100%; en cambio en el resto de España la bonificación será de 1500€ anuales durante 3 años.
5. Personas con discapacidad: en este caso se aplica una reducción del 50 por ciento en las cuotas a la Seguridad Social. Esta reducción del 50% se aplicará a contratos de formación, en cambio las personas contratadas mediante contratos de interinidad y indefinidos se podrán reducir el 100%. Aunque la cuantía varía dependiendo del grado de discapacidad y se limita hasta un máximo de 6.300 euros anuales.
Este es un breve resumen de algunas de las bonificaciones que se pueden aplicar las pymes. En el siguiente enlace podéis ampliar la información
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