Novedades de la declaración de la Renta 2018
Muchos de nosotros sabemos que cuando se acercan fechas próximas a los meses de Abril llega la época de rendir cuentas con Hacienda; es decir se aproxima la temida Renta. Cada año hacienda incluye novedades, novedades que alomejor hemos oido, bien por televisión o por conocidos y amigos, pero muchas veces no sabemos como nos va a afectar a nuestra Renta. Por ello, es importante contar con un buen asesor contable en Barcelona
Pero… ¿cuáles son las novedades de este 2018?
Cheque guardería
Tengamos hijos o no ya sabemos lo costoso que resulta inscribir a niños/as de entre 0 a 3 años en la guardería. Pero muchas veces para muchas familias es un gasto que se debe soportar. Ahora, aquellas madres trabajadores se podrán beneficiar de la siguiente deducción
Deducción de hasta 1000 euros para madre trabajadoras con hijos de entre 0 y 3 años que asistan a guarderías y centros autorizados. Los requisitos para poder beneficiarse de esta deducción son los siguientes: ser madre con hijos a su cargo que tengan menos de de 3 años, estar trabajando ya sea por cuenta ajena o propia y haber satisfecho, durante el 2018, gastos de custodia del hijo menor de 3 años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
Exención de retribuciones recibidas durante baja por maternidad/paternidad
El pasado 3 de Octubre de 2018 la sentencia del Tribunal Supremo (sentencia 1462/2018) aprobó como que “las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF”. Tras dicha sentencia se aprobó el RDL27/2018 que modificó la Ley de IRPF, incluyendo en las exenciones las retribuciones recibidas durante la baja por paternidad y maternidad.
Aumento de la deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo
Deducción de hasta 600 euros anuales por cada hijo que forme parte de la familia numerosa que exceda del cuarto hijos (este año solo se aplica de agosto a diciembre, con lo que la deducción máxima será de 250 euros).
Trabajadores por cuenta propia
Por último, una novedad que afecta a los queridos autónomos, esas personas que nunca se ponen enfermas y trabajan más de 8 horas diarias al día.
Aquellos trabajadores que realicen actividades por cuenta propia en su propio domicilio pueden deducirse un 30% de los gastos de suministros de dicha vivienda, sobre la parte proporcional de los metros cuadrados donde se ejerza la actividad. Concretamente, se hace referencia a suministros de agua, gas, electricidad, telefonía e Internet. Además, los contribuyentes que así lo acrediten, podrán deducirse un máximo de 11 euros diarios de manutención siempre que puedan acreditar el gasto en establecimientos de restauración y se abonen utilizando medios electrónicos de pago.
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