Nuevo marco normativo que regula los arrendamientos urbanos

REAL DECRETO-LEY 7/2019, DE 1 DE MARZO

Cuantas veces habremos escuchado a conocidos, familiares quejarse sobre lo difícil que  es tener acceso a un piso, sea de alquiler o compra.

Ahora nos dicen ¡Todo será más fácil!

El pasado 1 de Marzo se aprobó la nueva ley de Arrendamientos Urbanos, tan necesaria. Muchos consideraban un exceso de garantías exigidas, un aumento desproporcionado de los desahucios y precios que alejaban, cada vez más, el sueño de emancipación.

 

¿Cuáles son las modificaciones de esta ley de gestión de alquiler?

  1. La ampliación de la duración mínima de los contratos

La modificación de los artículos 9 y 10, supone un duración 5 años mínima más 3 de prórroga por plazos anuales, con la excepción de los arrendados por personas jurídicas, en este caso su duración será de 7 años mínimo más 3 de prórroga por plazos anuales. Volviendo a la antigua ley de 2013.

Muchos de nuestros conocidos y familiares no conocen esta normativa, y por ello muchas veces puede que estén sometidos a trampas y engaños. Por este motivo es de vital importancia contar con un buen contrato de alquiler y con un buen intermediario de patrimonio.

  1. Ampliación del paso de notificación

Con esta normativa el arrendador y arrendatario al no querer  prorrogar el arrendamiento a su vencimiento, tendrán un plazo de 4 y 2 meses respectivamente, por otro lado el plazo de la prórroga tácita, pasa de 1 a 3 años.

  1. Denegación de la prórroga por necesidad del arrendador persona física

Se tiene que hacer expreso en el contrato cual es la causa que motiva a la denegación del contrato

  1. La limitación en la actualización de la rentaSe introduce un tercer párrafo en el apartado 1 del artículo 18 que regula la actualización de la renta limitando la misma al IPC
  1. La atribución de los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato al arrendador persona jurídica

En este caso la atribución de dichos gastos a los que hace referencia el artículo 20 en el nuevo párrafo que añade al apartado 1, es solo al arrendador persona jurídica, que no por lo tanto en el caso de que sea una persona física.

  1. Los nuevos límites a las fianzas y garantías adicionales

Anteriormente, no había límites en cuanto a garantías adicionales se refiere. A día de hoy, después de la entrada en vigor de esta nueva ley las garantías adicionales no deben exceder de 2 meses. Lo cual esto supone una de las mejoras más significativas para el arrendador, ya que muchas veces los arrendadores tenían que solicitar crédito para hacer frente a esas garantías.

  1. Eliminación del requisito de inscripción registral para la eficacia del arrendamiento frente a 3º
  1. Derecho de adquisición preferente

No existe derecho preferente en cuanto a la adquisición preferente cuando el arrendador se quiere deshacer de sus inmuebles.

Sin embargo, cabe la posibilidad de que la legislación sobre vivienda pueda establecer un derecho de tanteo y retracto respecto de la totalidad del inmueble en favor del órgano que designe la administración competente en materia de vivienda.

 

 

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Dicho todo esto, estas son algunas de las modificaciones que exige la nueva ley. A veces puede resultar difícil de comprender o que el día a día nos tenga tan absorbidos como para preocuparnos de todos estos temas.

 

Blancafort – abogados, gestores y administradores de fincas

 Quiero formalizar mi contrato de alquiler.

¿Cómo obtener las condiciones más ventajosas?

Un buen gestor de patrimonio que asegure tu inversión inmobiliaria y las mejores condiciones de acceso te ahorrará enormes quebradores de cabeza y averiguará tu hogar y tu mayor inversión.

Especialistas del sector. Miramos por los intereses del cliente, sea propietario o inquilino con las mejores garantías.

Pasos sencillos para llevar la contabilidad de tu pyme

Algo imprescindible en tu negocio: La contabilidad

Muchos clientes y amigos me preguntan “cómo se pueden hacer tantas cosas a la vez y que todo mantenga su orden”. Mi consejo es muy sencillo: se trata de un ejercicio diario de convertir el orden en rutina. No soy una persona ordenada, pero sé que si dejo algo en “su sitio” cuando busco lo encuentro. Cada momento tiene su tiempo y el papel su lugar. Gestionarlo de forma adecuada conduce al equilibrio que te produce  estabilidad, principal fundamento de la felicidad.

El emprendimiento, sea de una acción personal como de trabajo o negocio,supone multitud de quebraderos de cabeza. Quien inicia una actuación debe de dar por supuesto que los problemas formaran ya parte inexorable de su vida. Para afrontarlos no hay nada mejor que destinar un tiempo a cada asunto y, por ello, dar destino a la documentación generada de forma automatizada.

Por ello debemos (1) elegir muy bien nuestros colaboradores e (2) invertir en conocimiento, que junto con (3) el orden, permitirán que el proyecto fluya con celeridad.

Debes invertir tu tiempo, primero de todo, en conocer bien tu mercado. Define tu público objetivo. Después, analizar la competencia. Busca, compara y crea algo mejor. Define tu propuesta y, sobre todo, promueve tus ventajas competitivas. No debes olvidar cubrir tus puntos flacos obteniendo ayudas de terceros que eviten futuros trastornos.

Muchos emprendedores centran sus esfuerzos en el campo de las ventas o bien en la ejecución del bien o servicio. Por ello dejan en un segunda plano la parte administrativa del proyecto. Un taburete tiene tres o más patas, como la empresa, que se organiza en ventas, producción y administración. Y si falla una de ellas, no cumple su función.

La parte administrativa del proyecto cumple la función indispensable de formalizar las relaciones, tanto a nivel interno como externo. Es como la sangre que une todos los órganos del cuerpo: fundamental. Por ello debemos destinar recursos en ello y no desatender estos asuntos por considerarlos secundarios. De aquí la importancia de las rutinas, del orden y la disciplina a la hora de ordenar y procesar todos tus documentos, imagen fiel de las acciones de la empresa.Tu negocio generará ingresos y gastos. Y estos deberán ser contabilizados. Con ello tenemos datos ciertos del funcionamiento del negocio y servirán como base para generar los impuestos.

La mejor manera de controlar y gestionar estos datos es contratar un buen gestor. Este no sólo te resolverá tus dudas, sino que además te proporcionará las herramientas adecuadas para convertir tus problemas en simples y apacibles rutinas. Estos trabajos quedaran repartidos entre tu empresa y el asesor en función de los factores personales.

Eso es lo que hacemos en Blancafort, tu asesor contable en Barcelona.

Infografía Contabilidad

A continuación vamos a darte consejos muy sencillos para organizar la parte administrativa de una pyme y su contabilidad:

  • Determinar un responsable administrativo: debe quedar muy claro quien se ocupa de los papeles en la empresa.
  • Hacer caja cada día: en una hoja determinar una relación de ingresos y gastos, junto con las facturas emitidas y recibidas. El dinero sobrante al banco cada día. Recomendamos el uso de folders transparentes para incluir la información suplementaria. Recolecta todos los datos contables: ingresos, gastos y demás operaciones.
  • Domiciliar todos los gastos: de este modo todo el flujo monetario es bancario y tienes una mini-contabilidad de la tesorería por internet instantánea. Pedir que los proveedores hagan el cargo el día 15 de cada mes y/o comprometerte a pagar tus facturas los días 15. Así tienes 15 días para pagar alquileres y nóminas.
  • Financiación a cuenta de proveedores: lo ideal es abonar facturas del mes los días 15 de mes posterior. Al retardar el pago te financias de forma gratuita.
  • Tener dos carpetas: en ella subcarpetas con facturas emitidas, facturas recibidas, extractos de bancos y otros. Una para el gestor para que contabilice y otra en tu oficina. Se va rellenado y, una vez al mes, se cambia la una por la otra.
  • Carpeta documentos importantes: los documentos originales más importantes deben estar en una carpeta especial custodiada: escrituras, permisos, NIF, contratos laborales, etc.
  • Organizar la documentación digital: si la gestión digital de la empresa funciona, se puede trabajar ya sin papel. Ello supone mayor eficiencia y orden. Utiliza carpetas cloud para poder disponer de ella desde cualquier lugar.
  • Cada departamento un color: si organizas los departamentos por colores ello te ayudará a encontrar los documentos con mayor celeridad. Utiliza carpetas de color y reúne los datos en ellas: laboral amarillo, contabilidad naranja, comandas verdes, etc.
  • Buscar un programa de contabilidad: existen infinidad de programas para ayudarte a llevar tu contabilidad de la manera más sencilla. Compara entre cientos de programas y busca el que más se adapte a tu actividad.
  • Procesa la información mediante asientos contables:por cada documento que hemos recopilado se contabiliza en un movimiento contable llamado “asiento”. Si no sabes hacerlo, deja que se encargue tu gestor o que éste te ayude explicándote el proceso.
  • Pago de Impuestos: todas las actividades empresarialesestán sujetas a diversos impuestos en función de las características del negocio: IVA, IRPF, IS, etc. Debes entender que son cada modelo, que es lo que debe abonar y su concepto. Guarda los justificantes de pagos de los impuestos abonados. Toda la información acreditativa original de la contabilidad original se debe guardar durante cinco años.
  • Conciliar los bancos: es necesario coincidir los apuntes que figuran en los extractos que proporcionan las entidades bancarias con los de la cuenta contable del banco en cuestión, de forma que el saldo concuerde en todo momento.
  • Revisar las distintas cuentas y saldos: es necesario tener la seguridad de que no hay apuntes duplicados o erróneos.

Una vez tengas esta contabilidad al día podrás hacerte una idea sobre el funcionamiento de tu negocio y las previsiones de tesorería, así como los impuestos a pagar trimestralmente. Conducir un negocio a ciegas puede comportar la ruina.

Si tienes dudas, contacta con tu asesor contable en Barcelona

En Blancafort estamos convencidos que un buen asesor no es un coste, es una inversión. Tener a alguien experto en gestión documental y en prestar soluciones a tus problemas administrativos puede evitar un sinfín de errores y dotará a tu proyecto del éxito que ser merece.

No lo dudes: contacta con nosotros.

Declaración de la renta

DECLARACIÓN DE LA RENTA 2017: TODO SOBRE COMO HACER EL BORRADOR

¡Ay la primavera! Con ella llega la alegría, el buen tiempo, las primeras cervezas en una terraza con los amigos; pero…también llega el fantástico momento que la Agencia Tributaria nos pide que hagamos nuestra declaración de la renta… ☹

Pero tranquilo, no tienes que estudiarte de memoria ni el “manual o guía del IRPF de España” ni conceptos como la “deducción de la cuota sindical”. Y si nunca antes has realizado tramites de hacienda a través de su portal de internet o simplemente es tu primera vez y no has tenido necesidad de utilizar el servicio web de simulador de la declaración de la renta, ¡Don’t worry! Estamos aquí para ayudarte y en este post te daremos unas orientaciones para que todo te sea más fácil. Leer más

¿Los BITCOINS tributan? AHORA TE LO EXPLICAMOS

Las Criptomonedas y los Bitcoins están de moda. Seguro que has oído hablar de ellos e incluso hayas visto por las noticias que hace unos meses se cerró una compraventa de un piso en Tarragona o de un traspaso de negocio en Barcelona pagando con… ¡BITCOINS!

¿Pero esta “moneda virtual” tributa? ¿Hay que pagar algún impuesto? ¿Tiene ventajas fiscales? ¿Necesito un asesor fiscal? AHORA TE LO EXPLICAMOS, pero empecemos por él principio. Leer más

2016: LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

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Tens una societat civil? ¿Saps que hi han canvis en la tributació? Ara t’ho expliquem!

 

NOVETATS 2016: LA NOVA TRIBUTACIÓ DE LES SOCIETATS CIVILS

Les societats civils han sigut, tradicionalment, considerades com transparents a efectes fiscals, amb independència de l’activitat que desenvolupen. Això significava que les rentes obtingudes per aquestes entitats – Així com les retencions i ingressos a compte- s’integraven directament en la base tributable de l’Impost sobre la Renta de les Persones Físiques (IRPF) en virtut del denominat règim fiscal de atribució de rendes. No obstant, amb efectes a partir de 1 de gener de 2016, les societats civils que tinguin objecte mercantil es convertiran en subjectes passius de l’Impost sobre Societats (IS) devent tributar directament pels rendiments que obtinguin (tal i com estableix l’article 7.1.a) de la nova Llei 27/2014, de 27 de novembre, de l’Impost sobre Societats). Leer más