Convocatoria de subvenciones en el ámbito del comercio y de los servicios de la Generalitat

Circular informativa del Departamento Fiscal

Apreciada Clienta o Apreciado Cliente  

La Generalitat de Cataluña ha establecido una nueva convocatoria de subvenciones en el ámbito del comercio y de los servicios para el Programa de apoyo para la apertura de comercios y de apoyo a la reforma y mejora de establecimientos 

  • Plazos de solicitud:

La convocatoria está abierta desde el 5 de octubre de 2021 en las 9h hasta el 31 de diciembre de 2021 o agotamiento del presupuesto asignado (1.590.000,00 €).

  • Objetivo

Dinamizar el comercio mediante proyectos de recuperación de los locales vacíos situados en la trama urbana consolidada del municipio, o el casco histórico y sus ensanches. Garantizar el mix comercial óptimo y adecuado a cada zona, incrementando su atractivo y evitando la rotura del continuo comercial mediante la reforma de establecimientos con un grado de antigüedad o puestos de mercados municipales. Y dar respuesta a los efectos causados por la declaración del estado de alarma decretado a raíz de la emergencia sanitaria del Covid-19.

  • Beneficiarios / as

Los profesionales autónomos que estén dados de alta en el régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA), empresas titulares de establecimientos de comercio y servicios, situados a pie de calle y de puestos de mercados municipales sedentarios y no sedentarios (se excluyen, las fundaciones, las entidades territoriales sin ánimo de lucro y los gremios y entidades sectoriales.

  • Gastos no subvencionables:

Intereses deudores de cuentas bancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, gastos de procedimientos legales y judiciales, impuestos, gastos de transacciones financieras, comisiones y pérdidas de cambio y otros gastos puramente financieros, estudios, caterings y gastos de alimentación.

  • Período de ejecución:

El período de ejecución de la acción objeto de subvención se realizará de manera efectiva durante el año 2021. 

  • Cuantía de la subvención: 

Hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 5.000 euros.

En caso de cumplir con los requisitos y estar interesado en su tramitación, rogamos nos lo indique con la máxima celeridad, a fin de que cumpla con el plazo de presentación. 

Seguiremos informando de las novedades. Para cualquier duda o aclaración, estamos a su disposición. 

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Como sabéis, Blancafort continúa trabajando para informar a sus clientes.

Ya falta menos.

El Departamento Fiscal